Amplía tu prestación de nacimiento y cuidado de menor

Si vas a solicitar las dos semanas adicionales de la prestación por nacimiento y cuidado de menor porque has tenido una hija o hijo entre el 02/08/2024 y el 30/07/2025, puedes realizarlo con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio del periodo de disfrute. Recuerda, además, que estas dos semanas adicionales se pueden disfrutar hasta que tu hija o hijo cumpla 8 años.

Cada progenitor solicita su periodo Aviso a la empresa con 15 días La empresa emite y envía el certificado Portal de Prestaciones de la Seguridad Social Solicítalo como periodo sucesivo Desde 01/01/2026

Quiero solicitar mis dos semanas adicionales

Cómo hacerlo en 3 pasos

1) Informa a tu empresa

Comunica tu intención de solicitar nuevos periodos de tu prestación de nacimiento y cuidado de menor con al menos 15 días de antelación para que la empresa emita y envíe el certificado requerido.

2) Solicita tus dos semanas adicionales

Entra en el Portal de Prestaciones y presenta tu solicitud como periodo sucesivo. Este trámite es individual para cada progenitor y puede solicitarse con una antelación máxima de 15 días.

3) Confirma y guarda

Descarga el justificante de registro. Revisa tu correo y añade el remitente a tu lista de contactos para futuras notificaciones.

¿Qué otras gestiones relacionadas puedes realizar?

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el importe de la prestación?

El importe de la prestación equivale al 100% de la base de cotización (que es un valor relacionado con el salario bruto mensual) corresponiente al segundo mes anterior al nacimiento, la adopción o acogida del menor. Si necesitas conocer de forma sencilla cuál es el importe de tu prestación por nacimiento, puedes acceder al Simulador de prestación por nacimiento.

¿Qué puedo hacer si no recibo una respuesta a mi solicitud?

Si se ha agotado el plazo establecido para la resolución de tu solicitud y no has recibido respuesta, el silencio administrativo conlleva la denegación de tu solicitud.

Si estás en este caso, puedes:

1. Verificar el estado de tu solicitud para confirmar si todavía se encuentra en trámite, a través del servicio Consultar el estado de una solicitud.

2. En caso de que la solicitud esté fuera de plazo y creas que se puede haber producido algún error o no estés de acuerdo, puedes presentar una reclamación a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada?

Si no estás de acuerdo con la resolución de tu solicitud, tienes derecho a presentar una reclamación en un plazo de 30 días hábiles desde la recepción de la notificación, a través del trámite Presentar una reclamación previa contra la resolución de una prestación.
Recuerda que, en el caso de iniciar una reclamación, la entidad tiene un plazo de 45 días hábiles para responder a tu reclamación.

Listo para solicitar

Realiza la gestión online en el Portal de Prestaciones de la Seguridad Social. Ten a mano tu identificación electrónica y la documentación necesaria.

¿Necesitas ayuda?

Teléfonos de atención a la ciudadanía

Líneas de atención general:

91 542 11 76

901 16 65 65

Posible coste adicional según operador

Atención gratuita sobre ingreso mínimo vital:

020

Buzón de consultas

Para consultas generales sobre prestaciones y trámites.

  Buzón de consultas

Cita previa

Puedes pedir cita para recibir atención presencial o telefónica.

 Cita previa

 

Solicitar mis dos semanas adicionales

Gracias por tu tiempo e interés. Queremos acompañarte para que disfrutes de esta prestación. Si has tenido una hija o hijo en las fechas indicadas, puedes tener derecho a dos semanas adicionales de tu prestación de nacimiento y cuidado de menor a partir del 01/01/2026.

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